Todos los años, a partir de junio se debe realizar una declaración jurada ante la Subsecretaría de Ambiente de la Nación y abonar la Tasa Ambiental Anual.

Es una declaración jurada en base a los residuos peligrosos generados por el establecimiento durante el año anterior. Es decir, en 2024 se hace una declaración jurada de los residuos generados en 2023. Dependiendo de la terminación del CUIT de la firma, corresponde presentar la tasa en junio, julio o agosto.

Esta tasa corresponde a la Subsecretaría de Ambiente de la Nación, donde la firma debe estar inscripta como generadora de residuos peligrosos.

Si tu establecimiento está ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en Neuquén, en Río Negro, o en cualquier provincia que no posea centro de tratamiento dentro de la misma jurisdicción (es decir, que los residuos especiales o peligrosos deben trasladarse a otra provincia para su tratamiento) corresponde realizar la inscripción como generador de residuos peligrosos ante Nación y cumplir con la presentación de la Tasa.

Si querés saber qué se considera residuo peligroso, podés ingresar en esta nota donde te lo explicamos.

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